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domingo, 1 de febrero de 2015

Carta sobre la tolerancia (John Locke)

      El empirista John Locke fue también el autor de la famosa Carta sobre la tolerancia, que engloba las cartas que John Locke publicó entre los años 1689 y 1690.  Estas cartas ofrecen en buena medida las bases ideológicas esenciales para su teoría política expuesta por las mismas fechas en Dos tratados sobre el gobierno civil. Carta sobre la Tolerancia, desarrolla el concepto de la libertad individual, criticará la intolerancia y la coacción que tanto las sectas religiosas, como el Estado, pueden llevar a cabo en contra del individuo.

En el siglo XVII, la religión sumía al continente europeo en guerras y conflictos continuos. La creciente intolerancia religiosa en todos los reinos del continente estaba sustentada en la progresiva identificación de la religión del monarca con la de sus súbditos. Así, en 1609, Felipe II -en uno de los momentos más trágicos de nuestra historia- expulsaría a los moriscos del reino de España. Una tragedia que afectaría a cerca de 400.000 personas.
      A raíz del triunfo de la reforma protestante en diversas regiones europeas, la persecución se extendería -junto a la de judíos y musulmanes- a nuevos colectivos. En Francia, el rey Luis XIV perseguiría a los protestantes calvinistas (llamados hugonotes). En la Inglaterra de Locke, el rey Carlos I había intentado imponer la liturgia anglicana en Escocia, lo que contribuiría a desencadenar la guerra civil de 1642 a 1646.
      Las tierras del "nuevo mundo", especialmente inglesas y holandesas, se convirtieron en el siglo XVII en tierras de acogida para determinadas  minorías religiosas (cuáqueros, calvinistas...).
En Europa central, mientras tanto, se desarrollaba la Guerra de los Treinta Años, entre los años 1618 y 1648, en la que intervino la mayoría de las grandes potencias europeas de la época. Esta guerra marcará el futuro del conjunto de Europa en los siglos posteriores. Aunque inicialmente se trató de un conflicto religioso entre estados partidarios de la reforma y la contrarreforma dentro del propio Sacro Imperio Romano Germánico, la intervención paulatina de las distintas potencias europeas gradualmente convirtió el conflicto en una guerra general por toda Europa, por razones no necesariamente relacionadas con la religión: búsqueda de una situación de equilibrio político, alcanzar la hegemonía en el escenario europeo, enfrentamiento con una potencia rival, etc.

viernes, 10 de febrero de 2012

¿Sociedades sin Estado?

Hemos debatido en clase, desde que vimos la teoría platónica, sobre el origen del Estado, su necesidad, sobre el supuesto carácter "natural" de las divisiones sociales. Discutíamos sobre el carácter ahistórico y etnocéntrico que en ocasiones damos a estos conceptos políticos. Así lo hemos visto también en el texto de John Locke. Comentábamos que, frente a la concepción de Locke del estado de naturaleza como paso previo a la comunidad política (ante la necesidad de resolver la arbitrariedad del primero en la resolución de conflictos), el antropólogo francés Pierre Clastres (Investigaciones en antropología política, Gedisa, 1987) ha señalado la existencia de sociedades sin Estado, las sociedades primitivas, "cuyo cuerpo no posee un órgano de poder político separado" (sociedades en las que el poder no está separado de la sociedad).
Hemos visto que, desde la filosofía griega, lo político es analizado como el ejercicio del poder, por uno o algunos, sobre el resto de la sociedad: "La sociedad no parece pensable sin su división entre los que mandan y los que obedecen, y allí donde falta el ejercicio del poder nos encontramos en lo infra-social, en la no-sociedad" (en el caso de Locke, con el "estado de naturaleza"). Así juzgaron los primeros europeos a los indios de América del sur, en los comienzos del siglo XVI. "Al comprobar que los jefes no poseía ningún poder sobre las tribus, que nadie mandaba y nadie obedecía, declararon que esas gentes no eran civilizadas, que no se trataba de verdaderas sociedades: Salvajes sin fe, sin ley, sin rey".
A los propios antropólogos ha llamado la atención la particularidad de que en las sociedades primitivas "aquellos que llamamos líderes están desprovistos de todo poder"; el jefe no posee más que un deber: "ser portavoz, comunicar a los Otros el deseo y la voluntad de la sociedad". "El jefe en la tribu está bajo vigilancia: la sociedad vela para no dejar que el gusto por el prestigio se torne deseo de poder. Si el deseo de poder se hace demasiado evidente el procedimiento llevado a cabo es simple: se lo abandona, a veces, incluso se lo mata".
Y no debemos mirar a estas sociedades primitivas como embriones infra-políticos o fases atrasadas en la evolución histórica de las sociedades, sino que son sociedades completas, adultas, que "carecen de Estado porque se niegan a ello, porque rechazan la división del cuerpo social en dominadores y dominados". Estas sociedades rechazan un poder separado de la sociedad, intentan conjurar la aparición en su seno de la desigualdad.
Por todo lo anterior, como señala Clastres, "el ejemplo de las sociedades primitivas nos enseña que la división no es inherente al ser social; en otros términos, que el Estado no es eterno, que tiene en todas partes una fecha de nacimiento... Y quizá la solución del misterio sobre el momento del nacimiento del Estado permita esclarecer también las condiciones de posibilidad (realizables o no) de su muerte".

domingo, 22 de enero de 2012

Críticas al liberalismo, I

Hemos visto en el texto de John Locke (Segundo tratado sobre el gobierno civil) cómo la cuestión del gobierno político se centra en el problema de la soberanía y la necesidad de fundamentar la legitimidad del poder. Se trata de mostrar el ejercicio legítimo del poder por los gobernantes y la obligación legal de los ciudadanos de obedecer las normas de la comunidad política. Desde Hobbes se trata de intentar resolver el problema de "cómo a partir de la multiplicidad de individuos y voluntades puede formarse una voluntad única".

El filósofo francés Michel Foucault (lección 14 enero 1976, Collège de France) ha señalado que "desde el Medioevo, la elaboración del pensamiento jurídico se hizo esencialmente en torno al poder real". La reactivación del derecho romano en el siglo XII fue "uno de los instrumentos técnicos que constituyeron el poder monárquico autoritario, el administrativo y absoluto. Y en el siglo XVIII, un modelo alternativo, la monarquía parlamentaria".
Según Foucault, la teoría de la soberanía persiste todavía hoy "como ideología y principio de organización de los grandes códigos jurídicos", pero el ejercicio del poder se ejerce también en otro límite, el del que denomina poder disciplinario o de normalización, un conjunto de sujeciones múltiples o mecanismos de control y vigilancia que constituyen, no sin resistencias, nuestros cuerpos y nuestras conductas: un aparato de saber y poder, un conjunto de técnicas de registro, métodos de observación o aparatos de verificación, que configuran históricamente nuestra percepción social y como individuos.

Desde que el lema feminista "the personal is the political" se extendió entre los años 60 y 70 del siglo XX, el poder ya no se identifica solamente con los partidos políticos o la cuestión de quién posee el poder en el Estado, sino que también abarca la dinámica de las relaciones de poder que construyen la experiencia cotidiana de los individuos (las relaciones intra-familiares y sus distintos modelos, los sistemas de salud y terapéuticos, los aparatos educativos, las relaciones de género, la construcción de la identidad sexual, etc.). La lucha política, desde los años 60 ya no se puede reducir a la toma del poder del Estado, sino a la lucha contra todas las formas de dominación y de explotación que, en nuestra sociedad y en nuestra época histórica, intentan conformar nuestra identidad como "sujetos" marcando los límites de la exclusión (como los que delimitan lo normal y lo patológico, la locura, la desviación moral o sexual...). Las luchas políticas, en estos años sesenta, se ampliaron al feminismo, los movimientos de liberación sexual, la antipsiquiatría, la lucha contra las prisiones, contra el autoritarismo de los modelos familiar y educativos existentes, contra la explotación laboral, etc. Y en esa herencia seguimos. A pesar de todo.

Cuestiones para el cuaderno: ¿Qué posibles críticas podemos hacer, desde la actualidad, al planteamiento de Locke sobre la soberanía ?

viernes, 6 de enero de 2012

John Locke y la concepción moderna del poder y del Estado :-)

En la Edad Moderna, la sociedad no se fundamentará ya en su carácter natural, como en Aristóteles o Tomás de Aquino, basándose en la igualmente natural sociabilidad del ser humano, sino que pasó a ser justificada a partir de la voluntad constitutiva de sus miembros. La legitimidad del poder se basó entonces en la voluntad de los ciudadanos. La sociedad no es ya percibida como algo natural sino como una creación humana, un fenómeno de carácter histórico. Su organización es consecuencia de la voluntad de los seres humanos, como también la forma en que se ejerce el poder.

Antes de Locke, Thomas Hobbes (1588-1679) defendería la monarquía absoluta desde la manifiesta conformidad fundante de los súbditos, desplazando así argumentos tradicionales de la legitimidad política, como el origen divino del poder. Hobbes no valida el absolutismo monárquico en ley divina alguna, sino en la mera conveniencia, el instinto de supervivencia y el egoísmo, lo que hizo que no fuera bien visto por la Corte. Aunque Locke defiende un modelo político diferente, el gobierno liberal, comparte algunos postulados de Hobbes sobre el origen de la sociedad y el poder, su legitimidad y los límites de su ejercicio. Uno de esos postulados es el controvertido "estado de naturaleza": "No había ninguna evidencia de que tal estado de naturaleza hubiera existido, aun cuando precisamente los nuevos descubrimientos geográficos de la época podían excitar la imaginación sobre cómo podía haber sido". Más tarde, el filósofo francés J. J. Rousseau, que volvió a retomar la cuestión, "señaló que era imposible imaginar esa situación, salvo a efectos discursivos, ya que los casos de más primitivismo conocidos ya contemplaban algunas fases de integración social" (E. Guerrero Salom:1987).
A diferencia de Hobbes, en Locke el poder está limitado por la voluntad de los súbditos. El poder lo reciben de los ciudadanos las instituciones que lo ejercen, pero es un acto no de entrega irreversible, sino de delegación. Si no se ejerce conforme a los principios con los que se ha abordado esa delegación pueden retirarla los ciudadanos y entregársela a otros. No es sólo, pues, una técnica de organizar la sociedad, sino sobre todo una forma de limitar el poder. "En el esquema de Locke están contenidos los límites de la acción del Estado, una estructura puesta al servicio de la garantía de los derechos individuales, derechos que en esa línea de pensamiento reclaman la abstención del Estado. Libertad de pensamiento, de crítica, de religión y de propiedad privada. Eso es lo que toda sociedad ha de defender" (E. Guerrero Salom: 1987).

Cuestiones: ¿Qué semejanzas y diferencias existen entre la teoría del contrato social de Hobbes y Locke? ¿Cuál es la problemática del concepto de "estado de naturaleza"?